Son atribuciones y obligaciones del Secretaría General además de las señaladas para todos los miembros del Sindicato, las siguientes: I. Representar al Comité Ejecutivo Seccional y llevar los asuntos de su competencia ante las instancias y autoridades federales o estatales correspondientes. II. Ejercer la representación de la Sección ante los órganos superiores de gobierno del Sindicato. III. Cumplir con la norma estatutaria; exigir el respeto de los miembros del Comité Ejecutivo Seccional a estos Estatutos y vigilar sobre su debida aplicación. IV. Vigilar el cumplimiento y ejecución de las resoluciones y acuerdos emanados de los Órganos Superiores de Gobierno del Sindicato. V. Dirigir e impulsar las actividades del Comité Ejecutivo Seccional, así como tramitar y resolver los asuntos y problemas de la Sección , de acuerdo con los Colegiados seccionales que le competan. VI. Turnar a los Colegiados seccionales del Comité, para su despacho, los asuntos que les competan. VII. Difundir las convocatorias que emita el Comité Ejecutivo Nacional, para la realización del Congreso Seccional Ordinario o Extraordinario. VIII. Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias del Comité, presidirlas y legalizar con su firma el acta respectiva. IX. Convocar y designar las Presidencias de las Asambleas de Escuelas para elegir Representantes. X. Declarar legalmente instaladas las asambleas que realice el Comité Ejecutivo Seccional que deberán ajustarse a lo dispuesto en las convocatorias respectivas. XI. Gestionar la expedición de credenciales para los integrantes del Comité Ejecutivo Seccional. XII. Designar las comisiones que requieran el desarrollo y superación del trabajo sindical; firmar la documentación y autorizar con su firma y la del Colegiado respectivo, los documentos que así lo ameriten. XIII. Elaborar el anteproyecto del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos, considerando además aquellos recursos que sean ingresos adicionales a la aportación por concepto de cuotas de la Sección. XIV. Autorizar todos los gastos de la Sección ; legalizar con su firma los comprobantes de gastos; revisar la documentación y contabilidad al Colegiado de Administración y Finanzas cuando menos cada sesenta días. XV. Rendir informes de su gestión ante el Congreso de la Sección y ante los pleno Seccionales, enviando copias al Comité Ejecutivo Nacional, a los Comités Regionales, Delegacionales y Representaciones de Centro de Trabajo. XVI. Vigilar el cumplimiento de la norma estatutaria y resoluciones de los órganos de gobierno del Sindicato por parte de los Comités Regionales, Delegacionales, las Representaciones de los Centros de Trabajo, de Escuela y los miembros en general del Sindicato en su ámbito de representación. XVII. Presentar informes al Comité Nacional de Vigilancia y al Comité Nacional de Fiscalización Transparencia y Rendición de cuentas, si así se le requiere. XVIII. Aprobar los programas de trabajo de los Comités Regionales, Delegacionales y Representaciones de Centro de Trabajo XIX. Participar en las diversas etapas del Congreso Nacional de Educación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 61 del presente. Promoviendo la intervención de representantes académicos de la Sección. XX. Proponer al Comité Ejecutivo Nacional la creación de organismos a nivel seccional que contribuyan al cumplimiento de los principios y programas de acción en su ámbito de representación y designar a los titulares de dichos organismos. XXI. Vigilar e impulsar el trabajo de los titulares de los Colegiados seccionales del Comité, a fin de que las actividades sindicales se ajusten a las normas y procedimientos establecidos yXXII. Responder conjuntamente con el Colegiado de Administración y Finanzas, del patrimonio y fondos sindicales de la Sección. |